miércoles, 3 de febrero de 2016

Condenado un paciente a dos años de prisión y a no acercarse a su médico durante tres años por un delito de atentado

CSIF celebra el fallo de la sentencia y condena cualquier tipo de violencia, al mismo tiempo, hace un llamamiento a todos los profesionales sanitarios para que denuncien los incidentes de violencia porque, “ante una agresión, tolerancia cero”. 
El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Plasencia ha condenado a un paciente por un delito de atentado contra autoridad pública a dos años de prisión y le prohíbe acercarse al médico a una distancia de 100 metros durante un plazo de tres años.
El fallo de la sentencia que, ha sido dado a conocer por el Colegio de Médicos de Cáceres, también inhabilita al condenado para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y tampoco podrá comunicarse con el facultativo por cualquier medio o procedimiento, además de tenerle que indemnizar por los daños morales causados.
Esta sentencia marca un precedente en Extremadura y sentará jurisprudencia, y es que es la primera vez que en esta Comunidad Autónoma se pena a un paciente a no aproximarse durante este tiempo a un médico y a comunicarse con él. Además, con esta sentencia se hace caso a una reivindicación de los colegiados, y es que como informa la institución colegial cacereña, “en esos supuestos de agresión pedían siempre que por parte de la Administración se tomaran las medidas necesarias para evitar que posteriormente a esos hechos tuvieran que seguir asistiendo al paciente-agresor”.
Destacar que con esta pena, la Administración se ve obligada a excluir al paciente del cupo del médico al agredido y a designarle un nuevo facultativo.

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